Conozca las cinco acciones que contempla el estado de prevención

Ciudad de Guatemala, 2 oct (AGN). – A través del Decreto Gubernativo 18-2020, el Organismo Ejecutivo estableció una serie de medidas que se ejecutarán durante 15 días en Izabal, Petén, Zacapa, El Progreso, Jutiapa y Chiquimula, donde fue declarado estado de prevención.

Según el documento, la medida se estableció “al considerar y determinar que en los citados departamentos  se puede afectar el orden, la gobernabilidad y la seguridad de los habitantes, en virtud de que personas y grupos pueden afectar la salud y seguridad de sus familias.”

El presidente Alejandro Giammattei dijo el jueves por la noche que la medida es necesaria debido al ingreso violento e irregular de una caravana de migrantes hondureños en territorio nacional.

Estas son las acciones que se podrán ejercer durante estos 15 días:

  • limitar la celebración de reuniones al aire libre, las manifestaciones públicas u otros espectáculos
  • disolver por la fuerza toda reunión, grupo o toda manifestación pública que se llevaren a cabo sin la debida autorización o si, habiéndose autorizado, se efectuare portando armas u otros elementos de violencia
  • limitar el derecho a la celebración de reuniones al aire libre, así como manifestaciones públicas que afecten la libre locomoción de las personas o los servicios públicos, y disolverlas por la fuerza si fuere necesario
  • limitar el derecho de portación de armas u otros elementos de violencia, salvo para las fuerzas de seguridad
  • prohibir la circulación o estacionamiento de vehículos en lugares, zonas y horas que afecten o puedan poner en riesgo la vida y la seguridad de las personas, así como el funcionamiento de los servicios públicos; las fuerzas de seguridad podrán impedir la salida de las poblaciones o, en su caso, someterlos a registro cumpliendo las medidas sanitarias, así como exigir a quienes viajen en el territorio de la República de Guatemala la declaración y documentos del itinerario a seguir

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Las presentes disposiciones no podrán ser incompatibles con las obligaciones que impone el derecho internacional en las condiciones siguientes:

  • No deben generar discriminación alguna por etnia, sexo, idioma, religión y origen social.
  • No generen ninguna limitación para la presentación o interposición de garantías judiciales indispensables.

Coordinación e informes

Las autoridades superiores de cada entidad pública que participen en el estado de prevención deberán informar y, preferentemente, coordinar con las autoridades municipales y departamentales las acciones a desarrollar y deberán tener las consideraciones pertinentes con las comunidades indígenas y grupos étnicos del lugar.

Asimismo, deberán entregar un informe a la Presidencia de la República sobre las acciones realizadas en el plazo de tres días de finalizada la medida.

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Socialización

El Ejecutivo ordena a la Secretaría de Comunicación Social, en coordinación con la Academia de Lenguas Mayas, realizar de forma inmediata la traducción del decreto gubernativo en los diferentes idiomas correspondientes a la comunidad lingüística de los departamentos afectados para que se comuniquen y publiciten en el territorio declarado en estado de prevención.

También se solicita el apoyo de las autoridades municipales y comunitarias, quienes deberán recibir el apoyo de todos los medios de comunicación o similares para su difusión.

 

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AGN/bl/kg/dm


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