Oficializan asignación presupuestaria para los institutos de educación por cooperativa

Ciudad de Guatemala, 5 ene (AGN).- El Ministerio de Educación (Mineduc) oficializó este martes la asignación presupuestaria para los institutos de educación por cooperativa.

La asignación está contenida en el Acuerdo Ministerial No. 3703-2020, que se publicó en el Diario de Centro América.

De acuerdo con el documento, los grados y secciones legalmente conformadas que contengan entre 15 y 35 alumnos recibirán una asignación anual de 32 mil 243 quetzales.

Además, a los grados o secciones que atienden entre 10 y 14 alumnos se les asignarán 14 mil 510 quetzales.

En ese sentido, se detalló que las asignaciones que establece el acuerdo “tienen validez únicamente para el ejercicio fiscal 2021”.

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Requisitos

El acuerdo ministerial también indica que para recibir la asignación presupuestaria para los grados o secciones deben tomarse en cuenta los siguientes aspectos:

  • cumplir con los rangos de alumnos inscritos que se indica en el documento
  • formular registros de los alumnos inscritos por grado o sección
  • contar con las instalaciones adecuadas y convenientes para cada grado o sección
  • atender las condiciones pedagógicas indispensables de las secciones o grados
  • fraccionar el horario de clases respectivo
  • contar con el personal docente que posea las calidades que corresponden al nivel educativo en el que ejerce la docencia

El acuerdo indica que una vez conformada una sección se prohíbe su división o fraccionamiento para formar otra.

Por esto, el Mineduc supervisará los centros educativos para asegurarse de que los aspectos que expone el acuerdo se estén cumpliendo.

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Financiamiento

Los institutos de educación por cooperativa se financian a través del Mineduc, la Municipalidad local, los padres de familia y el sector privado.

Según el Reglamento de Institutos por Cooperativa de Enseñanza, reciben sus fondos de seis fuentes:

  • subvención del Estado a través del Mineduc
  • subvenciones municipales, aprobadas por el Concejo Municipal
  • cuotas de colegiatura que pagan los padres de familia
  • derecho de inscripción provenientes de los padres de familia
  • contribuciones del sector privado
  • otros aportes

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AGN lc/dm