Todas las dependencias del Organismo Ejecutivo deberán contar con unidades de probidad

Ciudad de Guatemala, 27 feb (AGN).- El Ministerio de Trabajo publicó este 27 de febrero en el Diario de Centro América el Acuerdo Gubernativo Número 32-2025 sobre reformas al Código de Ética del Organismo Ejecutivo. Esto apunta directamente a la creación extensiva de unidades de probidad.

Con base en lo dictado por la Constitución Política de la República de Guatemala, el Estado está obligado a garantizar la libertad, la justicia y el bienestar de la población. En esa línea, también velará por la transparencia en el manejo de la administración pública y el bienestar global.

Esto incluye el manejo ético de los bienes públicos en favor de la satisfacción de las necesidades de la población y la transparencia en el manejo de fondos destinados a programas y planes de Gobierno.

Por tal motivo, según el acuerdo gubernativo mencionado, se hacen necesarias las reformas al Código de Ética del Organismo Ejecutivo, establecido mediante el Acuerdo Gubernativo Número 62-2024 establecido en Consejo de Ministros. Dicha herramienta garantiza por medio de las unidades de probidad la ejecución correcta tanto del desempeño de quienes ejercen cargos públicos como de fondos y recursos destinados para programas dentro del presupuesto de la nación.

Reformas

Se acuerdan reformas al Acuerdo Gubernativo Número 62-2024 del Presidente de la República en Consejo de Ministros, Código de Ética del Organismo Ejecutivo.

Entre las reformas se incluye:

  • Cada unidad deberá crear su respetiva instancia de probidad, la cual dependerá de la autoridad superior.
  • Dicha unidad asesorará a la instancia correspondiente en asuntos de ética.
  • Informar a la Comisión Nacional contra la Corrupción sobre acciones emprendidas, fomento de la cultura de ética y otras herramientas atinentes.
  • Promover el cumplimiento de las normas en materia de cultura de transparencia y lucha contra la corrupción.
  • Analizar los riesgos de corrupción dentro de la entidad o institución correspondiente.
  • Mantener informada a la Comisión Nacional contra la Corrupción sobre querellas y demandas presentadas.
  • En el caso de las gobernaciones departamentales, si la designación es unipersonal, se aplican las atribuciones correspondientes.
  • La unidad administrativa institucional designada deberá estar contemplada en la estructura organizacional, debido adecuar para ello el esquema administrativo pertinente.
  • Remitir informe semestral a la autoridad competente sobre acciones y avances.
  • Apoyar a unidades como Recursos Humanos y otras para fortalecer la cultura de denuncia, transparencia y ética.
  • La Comisión Nacional contra la Corrupción brindará a las unidades de probidad el apoyo técnico necesario.
  • Todo lo relacionado al especto financiero y requerimientos monetarios deberá incluirse en el presupuesto de cada órgano del Ejecutivo.
  • El presente acuerdo rige a partir del día de su publicación en el diario oficial.

Las acciones contempladas en las reformas al acuerdo mencionado fortalecen la cultura de probidad y transparencia, uno de los pilares del gobierno del presidente Bernardo Arévalo.

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