Se oficializa ratificación del estado de calamidad pública en 10 departamentos del país

Ciudad de Guatemala, 19 nov (AGN).- El estado de calamidad pública en 10 departamentos, que ratificó el Congreso en el Decreto Número 30-2020, se oficializó este jueves. La medida se publicó en el Diario de Centro América (oficial).

El Decreto Número 30-2020 establece que el estado de calamidad pública tiene una vigencia de 30 días. La medida se instituyó y ratificó derivado del paso de la depresión tropical Eta en territorio guatemalteco.

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Adicionalmente, la ratificación indica que durante el estado de calamidad pública las compras o la contratación de bienes, suministros y servicios necesarios que se realicen deben cumplir con los parámetros de transparencia y probidad.

Por ello, las convocatorias para la recepción de ofertas electrónicas deben publicarse en el sistema Guatecompras.

Asimismo, tanto el Ministerio de Economía como el de Trabajo deberán ejecutar los recursos asignados al Fondo para la Protección del Empleo que no se hubieran ejecutado cuando concluyó el estado de calamidad pública que se declaró por la pandemia del coronavirus (COVID-19).

Por otro lado, a través del Sistema de Contabilidad Integrada (Sicoin) se debe establecer un programa presupuestario que se denomina Emergencia Eta 2020. Por medio de esta herramienta se registrará el gasto relacionado con la atención al estado de calamidad pública.

Asignación presupuestaria

El Decreto Número 30-2020 también indica que se asignará un presupuesto de 2 millones de quetzales para atender los daños que causó Eta en sitios arqueológicos.

El monto provendrá de los fondos de emergencia que se destinan a la atención de desastres y será administrado por el Ministerio de Cultura y Deportes.

En ese sentido, se estableció que el dinero tiene que ser ejecutado “única y exclusivamente para la reparación, remozamiento y atención a sitios arqueológicos dañados en los departamentos correspondientes al estado de calamidad, dándole prioridad al sitio arqueológico Quiriguá”.

También el Registro Nacional de las Personas (Renap) contará con una ampliación presupuestaria de 10 millones de quetzales.

La asignación se utilizará para que se emitan los documentos personales de identificación (DPI) a las personas que no cuenten con este a causa de la emergencia.

Para esto, el Renap deberá coordinarse con el Ministerio de Desarrollo, los Centros de Operaciones de Emergencia Municipales y los Consejos Comunitarios de Desarrollo para construir un padrón de la población damnificada.

“El Renap, a requerimiento de las personas que residan en los municipios y departamentos comprendidos en el estado de calamidad pública y que lo haya extraviado por ese fenómeno natural, les extenderá de manera gratuita el DPI”, detalla el artículo 8 del decreto.

Adicionalmente, se decretó que los fondos que no se usaron en el Programa de Agricultura Campesina se utilicen para atender a las personas afectadas por Eta.

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Rendición de cuentas

Para garantizar la transparencia en el uso de los recursos, al finalizar el estado de calamidad pública el Ejecutivo deberá entregar información impresa y digital sobre los gastos.

También se deberán proveer los datos de los contratos suscritos para atender las necesidades provocadas por Eta y un inventario de las donaciones privadas, nacionales y extranjeras que se recibieron, así como su ejecución.

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AGN lc/dm