Circulación de transporte extraurbano requiere autorización del Ministerio de Comunicaciones

Ciudad de Guatemala, 28 ago (AGN).- La Dirección General de Transportes (DGT) es la única entidad que puede autorizar la circulación de autobuses del transporte extraurbano de pasajeros, por lo que no se requiere de autorización de la Municipalidad de su lugar de origen ni de donde circula.

“No es necesaria ninguna aprobación, autorización, permiso o licencia emitidos por gobiernos municipales u otros entes gubernamentales para reactivar u operar el servicio público de transporte extraurbano de pasajeros”, informó la institución en un comunicado de prensa.

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La única

La DGT del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV) es la única institución facultada para autorizar la circulación del transporte público extraurbano de pasajeros por carretera y servicio especial exclusivo de turismo, agrícola e industrial.

Asimismo, detalló que para la circulación deberán reforzar el uso de medidas de distanciamiento social, con al menos 1,5 metros entre los pasajeros; limpieza periódica y apropiada de manos con agua y jabón o alcohol en gel mayor al 60 por ciento.

Además de la limpieza y desinfección de las unidades de transporte, utilizando desinfectantes apropiados al terminar una ruta.

Esto quedó establecido en los artículos 14 y 16 del Acuerdo Ministerial 146-2020, de la Estrategia Nacional de control de la Epidemia de SARS-CoV2 y Bases para la Desescalada de las Medidas de Reapertura Condicionada del Confinamiento, emitido por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, de fecha 2 de junio de 2020.

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AGN. mv/km/dm


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