Publican reformas a la Ley de Institutos de Educación por Cooperativa de Enseñanza que establece nuevos montos anuales

Ciudad de Guatemala, 15 may (AGN). – El Congreso de la República publicó este viernes en el Diario de Centro América el decreto 12-2026, que establece reformas a la Ley de Institutos de Educación por Cooperativa.

La reforma establece un monto de 62 mil 988 quetzales anuales para las secciones que tienen estudiantes inscritos en un rango de 15 a 35 estudiantes y un monto anual de 28 mil 345 quetzales para las secciones que tienen un rango de 10 a 14 estudiantes escritos.

Asimismo, señala que estos montos pueden ampliarse de conformidad a la disponibilidad presupuestaria del Ministerio de Educación.

En cuanto a los institutos por cooperativa, también se establece que deben estar legalmente autorizados y registrados ante el Ministerio de Educación para ser incorporados a los programas de apoyo educativo que administran, en total igualdad de condiciones a los establecimientos educativos del sector oficial.

Para tal efecto, el Mineduc deberá garantizar su inclusión en el programa de alimentación escolar, programa de útiles escolares y recursos educativos tecnológicos y valija didáctica, junto a recursos educativos tecnológicos.

En cuanto a la asignación y transferencia de los recursos financieros correspondientes, la reforma establece que se efectuará conforme a la normativa específica vigente del Ministerio de Educación para cada programa, atendiendo criterios de cobertura, disponibilidad presupuestaria y número de estudiantes inscritos.

Para que cobren efecto estas disposiciones se estableció que los establecimientos educativos por cooperativa deberán constituir la Organización de Padres de Familia (OPF), de conformidad a la normativa vigente que emita el Ministerio.

Asimismo, se establece que las reformas entrarán en vigencia a partir del 1 de enero del 2027, luego de que se publicado en el Diario Oficial.

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